Noticias
ARBO PATROCINA LA INVESTIGACIÓN DEL RÉGIMEN DE LAS OPAS EN HARVARD
Publicado el 25 de Septiembre del 2008
Como quiera que la Junta del Colegio de Registradores tiene una política “científica” que se nos antoja un tanto errática en eso de patrocinar jornadas y congresos -ora convoca ora desconvoca; cuenta con quien cuenta para dispensar doctrina; se viaja donde se viaja … – y como nos pareció un desacierto corporativo no aceptar la invitación hecha en su día al Colegio por la Universidad Complutense para patrocinar las jornadas en Harvard que motivan esta nota, ARBO cumple con su compromiso y financia la iniciativa que tan interesante se presenta desde la perspectiva estrictamente académica. Comprendemos, no obstante, que faltos de fondos disponibles se excusara la junta de ello. Para eso están las asociaciones. La cuestión no merece mayor comentario.
NOS FELICITAMOS
Publicado el 18 de Junio del 2008
Mañana jueves 19 de junio, a las 8 de la tarde, se presentará en el Salón de Actos del Colegio, la segunda edición del libro “La calificación registral”, coordinado por nuestro compañero Francisco Javier Gómez Gálligo.
Desde esta asociación animamos la asistencia a un acto tan significativo. En una época en la que se ha puesto en tela de juicio la esencia central de nuestra función, es de ley reconocer el esfuerzo realizado por nuestro compañero para traer al debate público diversos trabajos sobre esta materia de entre los más importantes elaborados en los últimos tiempos.
Este esfuerzo doctrinal encomiable, debería ir acompañado desde nuestras instancias corporativas por gestos palpables y acciones eficaces en la misma línea.
COMUNICADO DEL SECRETARIO GENERAL TRAS EL RECIENTE CONGRESO
Publicado el 13 de Junio del 2008
Queridos/as amigos/as y compañeros/as:
Os informo que ya están colgados en la página www.cinder2008.com los trabajos que se han presentado al XVI Congreso del CINCER así como las conclusiones y los discursos que se pronunciaron en la jornada de inauguración. Los podéis encontrar en el apartado ponencias (http://www.cinder2008.com/ponencias.cfm ).
Sin perjuicio del inestimable valor de los presentados por numerosos compañeros (Javier Gómez Gálligo, Rafael Arnáiz Eguren, Juan Manuel Díaz Fraile, Fernando Méndez, José Luis Valle, Juan Jiménez de la Peña o Celestino Pardo) así como del interés que revisten los remitidos por las delegaciones extranjeras (China, Estonia, Hungría, EEUU, México, Brasil, etc), quiero destacar la importancia de los suscritos por ponentes ajenos a nuestra profesión precisamente porque esta condición elimina respecto de ellos cualquier sospecha de interés corporativo. Estoy seguro que todos suscribimos el análisis que el Magistrado del TS, Don Francisco Marín Castán, realizó sobre el valor de la inscripción y las explicaciones en que fundó el criterio adoptado por unanimidad del pleno de la sala 1ª sobre la validación que, a favor del tercero del artículo 34, implica tanto de las adquisiciones a non domino como de la venta de cosa ajena.
LA DIRECTORA GENERAL DE LOS REGISTROS GENERA NUEVAMENTE OTRO GRAVE CONFLICTO INSTITUCIONAL AL INVADIR COMPETENCIAS AJENAS
Publicado el 2 de Junio del 2008
ARBO ha interesado la revisión de oficio del acto nulo dictado por la Directora General de los Registros con fecha 18 de marzo de 2008, que, bajo la denominación de “resolución” construye una genuina norma reglamentaria sobre aspectos extrarregistrales y concursales ajenos a sus competencias, invadiendo las potestades propias de otros órganos.
La revisión del acto se ha instado directamente ante el Secretario de Estado de Justicia por cuanto la Directora General está incursa en la causa de abstención de los arts. 28.2.a) de la Ley 30/92 -por tener cuestión litigiosa pendiente con ARBO-; 28.c) -por enemistad manifiesta-; y por estar incursa la Subdirectora General en la causa de abstención del art. 28.c) por parentesco de doña Marina Marqueño con el Decano del Consejo General del Notariado, Don José Marqueño, en el bien entendido supuesto, de que la no abstención en los casos en que procede debe dar lugar a responsabilidad.
LOS DELEGADOS SOCIALISTAS
Publicado el 28 de Enero del 2008
ARBO comunica que este fin de semana se ha celebrado la conferencia política del Partido Socialista, con el fin de cerrar su programa electoral. En dicha conferencia ha intervenido como delegado don José Marqueño de Llano, Presidente del Consejo General del Notariado. Han prosperado una serie de enmiendas suscritas, al alimón, por los delegados socialistas don José Marqueño de Llano (insistimos, Presidente del Consejo General del Notariado) y doña Pilar Blanco-Morales (Directora General de los Registros y del Notariado), relativas a la elaboración de una Ley de Seguridad Jurídica Preventiva y diversas modificaciones legislativas sobre el Registro Mercantil, con el fin de potenciar al Notariado.
No consta la presencia, siquiera como invitado, de ningún miembro de la Junta de Gobierno del Colegio de Registradores. Consultados los asistentes, desconocen incluso el nombre de cualquier miembro de esta última institución.
JORNADA NIC: LA REFORMA CONTABLE Y SU PROYECCIÓN SOBRE LA NORMATIVA MERCANTIL
Publicado el 22 de Octubre del 2007
El próximo día 26 de octubre tendrá lugar en ESADE Barcelona una Jornada sobre las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), titulada La reforma contable y su proyección sobre la normativa mercantil.
El programa de esta Jornada, que está organizada por ESADE, Economistas Auditores de Cataluña, La Gaceta de los Negocios, y la Asociación de Registradores Bienvenido Oliver - ARBO
UNA RETIRADA CONFIRMADA
Publicado el 18 de Octubre del 2007
Tal como anticipábamos en nuestro editorial de ayer, esta Asociación tenia “razones fundadas” para colegir que el Ejecutivo, debido a los importantes cambios sufridos en la originaria redacción del texto de la Ley de Jurisdicción Voluntaria, podria optar por su retirada del Senado. En las Jornadas de estudio que sobre dicha ley hoy se estan celebrando en Madrid, organizadas por la Asociación de Secretarios Judiciales y por ARBO, el senador por el Grupo Popular Sr. Conde, ha confirmado la noticia adelantada. Tal como la calificamos, se trata de una “decisión prudente” que pone fin al intento espureo de alterar el sistema de seguridad jurídica extrajudicial consagrado en nuestro Ordenamiento. Nos felicitamos por ello.
PROYECTO DE LEY DE REFORMA DEL MERCADO HIPOTECARIO
Publicado el 16 de Octubre del 2007
El Congreso de los Diputados ha aprobado y remitido al Senado el Proyecto de Ley de Modificación del Mercado Hipotecario, incluyendo la siguiente redacción para el artículo 12 de la Ley Hipotecaria:
«En la inscripción del derecho real de hipoteca se expresará el importe del principal de la deuda y, en su caso, el de los intereses pactados, o el importe máximo de la responsabilidad hipotecaria, identificando las obligaciones garantizadas, cualquiera que sea la naturaleza de éstas y su duración. Las cláusulas de vencimiento anticipado y demás cláusulas financieras de las obligaciones garantizadas por hipoteca a favor de las entidades a las que se refiere el artículo 2 de la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del Mercado Hipotecario, en caso de calificación registral favorable de las cláusulas de trascendencia real, se harán constar en el asiento en los términos que resulten de la escritura de formalización.»
En próximos editoriales comentaremos nuestra opinión al respecto.
¿CRISIS HIPOTECARIA O CRISIS DE CONFIANZA?
Publicado el 26 de Septiembre del 2007
Publicamos hoy un interesante artículo en el que se facilitan las claves para entender la crisis de las subprime y en el que se argumenta que en relación a la crisis financiera derivada de las llamadas “hipotecas basura” en realidad, más que de crisis hipotecaria hay que hablar de crisis de confianza en los créditos, que afecta a todas las entidades financieras a nivel mundial, incluidas las españolas. Asímismo, se analiza la imposibilidad de que en España pueda surgir la desconfianza del mercado en las hipotceas españolas, debido a las mayores garantías de nuestro sistema frente al estadounidense, derivada de la seguridad jurídica que da a los mercados la publicidad registral del sistema español.
No obstante el legislador está en la actualidad proyectando una reforma de nuestro sistema en el que tendrían cabida las “hipotecas basura”, además de una modificación de las competencias notariales para atribuir presunción de legalidad a los documentos que autoricen. En ambos casos, el motivo es el mismo: rebajar la calidad de la calificación registral, en aras a una “calificación notarial”. Sin merma alguna de la profesión notarial, y mucho menos a las personas que dignamente la ejercen, no parece lógico que la calificación pueda someterse a un régimen de libre elección.
Tal postura no es compartida por todo el Notariado. Otra buena parte entiende que su función, por sí misma, y por supuesto, aporta una plusvalía en el mercado inmobiliario y mercantil. Ven en la libre elección del calificador, ya sea Notario o Registrador, una vía segura para la degradación de la seguridad jurídica; ya que el calificador notarial o registral prudente vería reducida su clientela, en beneficio del poco escrupuloso, produciéndose, además, un conflicto de intereses.
MÁS NOTICIAS PARLAMENTARIAS
Publicado el 19 de Septiembre del 2007
Tal y como dábamos cuenta en nuestro anterior comunicado los diferentes grupos parlamentarios han presentado sus enmiendas al Proyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria en el trámite ante el Senado. Y así, junto a las presentadas por el grupo de Convergencia i Unio, también el Partido Popular ha enmendado la redacción de la Disposición Final 3ª por la que se modifica el artº 1º de la Ley Orgánica del Notariado en el sentido de adecuarlo al conjunto normativo vigente. Mientras el Grupo Catalán opta por ceñir el texto propuesto a la redacción contenida en el nuevo Reglamento Notarial, tal como se aprobó en Consejo de Ministros reciente, el Grupo Popular se inclina por enmendar la redacción y ajustarla a la reforma contenida en la Ley 2001 proponiendo la siguiente redacción: “Como funcionario publico ejerce la fe publica notarial… y de que, a su juicio, el otorgamiento se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada de los otorgantes”. Señala expresamente en la justificación de la enmienda que “La fe publica notarial es en principio y salvo delito de falsedad, incontrovertible en cuanto a los hechos. Sin embargo en cuanto al ajuste a la legalidad no puede ser más que un juicio hecho por un funcionario y profesional del derecho, como es notorio, todo lo cualificado que se quiera, pero sometido a revision posterior por quien tenga atribuido legalmente el análisis de adecuacion a las normas vigentes de dicho ajuste“. Parece que todos lo textos propuestos mantienen la linea seguida por la Legislación, la Jurisprudencia y la Doctrina acerca del alcance y valor del documento público notarial.
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