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Editorial

LA NECESARIA COORDINACIÓN GRÁFICA ENTRE REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y CATASTRO

Publicado el 20 de Junio del 2016

     El pasado 1 de noviembre de 2015 entró en vigor la Ley 13/2015, que introduce importantes modificaciones en la Ley Hipotecaria. Entre sus principales objetivos destacamos uno: se quiere resolver de una vez por todas la cuestión de la coordinación entre Registro de la Propiedad y Catastro, en orden a conseguir una mejor identificación de la representación gráfica de las fincas registrales.

     

     Decimos de una vez por todas porque es una cuestión que viene ya de bastante antiguo. Desde los principios del siglo pasado se han sucedido los intentos para lograr esta necesaria coordinación entre Registro y Catastro. Ahora se ha abordado de nuevo la problemática, con la novedad de que se hace aprovechando las útiles herramientas que hoy nos ofrecen las nuevas tecnologías.

     

     A efectos del Registro de la Propiedad, es esencial que quede perfectamente determinada la finca registral, que en un sentido tradicional sería la porción de terreno que constituye la misma, con sus linderos y su superficie bien identificados, y que esta finca se corresponda con la realidad más allá del Registro, de modo que éste refleje de manera fiel la realidad extrarregistral. Esa finca va a ser el objeto de los derechos que se inscriben en el Registro, y de ahí la importancia de que esté bien identificada la finca.






UNA SOLUCIÓN PARA LA SEGURIDAD DE LOS DATOS REGISTRALES: BASES DE DATOS DISTRIBUIDAS VIRTUALMENTE EN UN ALMACENAMIENTO CENTRALIZADO

Publicado el 25 de Abril del 2016

     Nuestro Banco tiene todos nuestros datos en formato electrónico, tanto los personales como los atinentes a nuestras posiciones económicas, y ello con independencia de que seamos o no usuarios de los servicios bancarios a través de internet.

     

     ¿Qué opinaríamos si averiguamos que la custodia de nuestros datos simplemente consiste en estar almacenados en un ordenador casero en la sucursal bancaria? No nos merecería ninguna confianza, por más que el director de la sucursal nos dijera que además, él personalmente hace una copia de seguridad semanal de los datos en un disco que se lleva a su casa.

     Esa situación sería absolutamente inconcebible para cualquier entidad bancaria.

     






PAPEL CERO EN LA JUSTICIA

Publicado el 18 de Abril del 2016

     En julio de 2011, se aprobaron dos leyes trascendentales en el proceso de modernización de la justicia con un consenso generalizado.

     

     La primera, la Ley 20/2011 de 21 de julio del Registro civil, y su complementaria Ley orgánica 8/2011, que desjudicializan el Registro civil y lo convierten en Registro completamente electrónico, mediante el uso de las nuevas tecnologías, con asientos informáticos y firma electrónica.

     

     Además se realizaba un cambio radical de su estructura organizativa, estableciendo oficinas generales, una oficina central y oficinas consulares.






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