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INFORME PERICIAL SOBRE INVERSIONES INMOBILIARIAS CRE S.L.

Publicado el 15 de Marzo del 2011

     Parece conveniente antes de emitir juicios o tomar decisiones, definir los hechos.

     

     Por lo tanto, pasamos a transcribir algunos párrafos de un Informe Pericial de fecha 10 de diciembre de 2010, suscrito por D. Miguel Ángel Berzal Alonso y D. Eduardo Gómez García, Director y Manager de Forensic España, Ernst & Young. Este Informe fue entregado a los Decanos Autonómicos y Territoriales en la Asamblea de fecha 2 de marzo de 2011. Los subrayados y negrita como en el original.

     

     “1.- INTRODUCCIÓN Y OBJETO DE NUESTRO INFORME PERICIAL

     

     Este Informe ha sido elaborado a petición de Inversiones Inmobiliarias CRE, S.A. (en adelante CRE) para el análisis de las conclusiones del Borrador de Informe Pericial elaborado, con fecha 10 de noviembre de 2010, por D. Antonio Moreno Rodríguez y D. Julián Barrios Sánchez (en adelante los Peritos) a petición de José María Alfín Massot (en adelante Sr. Alfín).

     

     6.- MANIFESTACIONES.-

     

     - De acuerdo con lo dispuesto en el art. 335.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, de 7 de enero, juramos o prometemos que cuanto acontece es verdad y que hemos actuado y, en su caso, actuaremos con la mayor objetividad posible, tomando en consideración tanto lo que pueda favorecer, como lo que sea susceptible de causar perjuicio a cualquiera de las partes, y que conocemos las sanciones penales en las que podríamos incurrir si incumpliéramos nuestro deber como peritos.

     

     9.- CONCLUSIONES

     

     A) Análisis del Borrador del Informe de los Peritos

     

     En lo que respecta al Borrador del Informe del que hemos dispuesto, en términos generales nos vemos obligados a señalar la falta de de procedimientos a la hora de la presentación de sus resultados, por lo que no podemos determinar la validez de los mismos.

     

     Además hemos detectado una falta total de mención de fuentes a la hora de de utilización de hipótesis básicas en la supuesta realización de sus cálculos.

     

     No hemos detectado en todo el Borrador un desglose de los ingresos esperados, ni tan siquiera para los ejercicios iniciales de la vida del proyecto, ni por supuesto, hemos encontrado un desglose de los ingresos entre oficinas y garaje.

     

     Por lo tanto, las cifras y datos utilizados por los Peritos en su Borrador carecen de rigor, los cálculos adolecen de falta de procedimientos y las estimaciones no tienen base documental alguna. Dicho todo esto, concluimos que, cualquier cálculo realizado basándose en la información señalada puede ser considerado cuanto menos dudoso.

     

     Además, los Peritos concluyen que la compra del edificio fue económicamente adecuada, sin embargo, y en base a nuestros cálculos expresados en el Anexo I, los flujos económicos generados por el Edificio no serán suficientes para hacer frente a los compromisos hipotecarios que la Sociedad ha adquirido hasta el ejercicio 2030. Únicamente el aporte continuo de fondos por parte de los socios de la Sociedad hará posible el pago de la deuda, por lo que debemos concluir que la compra del Edificio, desde el punto de vista económico, no fue adecuada. (en letra normal en el original).

     

     La inversión no es que no sea rentable, sino que no es viable en los términos que se plantearon. El funcionamiento de este proyecto únicamente tendrá lugar si CRE recibe de sus accionistas nuevas aportaciones de capital, durante toda la vida del préstamo hipotecario, que posibiliten el pago de los gastos de mantenimiento y de la devolución del préstamo.

     

     B) Valoración de las opiniones técnicas vertidas sobre determinados ajustes contables y financieros de CRE

     

     B.1) Apartados 5.2 y 5.4 del Borrador sobre la contabilización del deterioro del Edificio

     

     En cuanto a los ajustes contables realizados por CRE por el deterioro del valor del Edificio, hemos de decir que son totalmente correctos.

     Debemos concluir que no sólo es que los ajustes realizados por las (sic.)Sociedad en relación a la valoración del Edificio sean correctos, sino que de no haberlos hecho no habría reflejado la imagen fiel de la situación financiera y patrimonial de CRE. Prueba de ello, es que el auditor de las Cuentas Anuales de la Sociedad al cierre del ejercicio de 2009 emitió una opinión favorable de los mismos.

     

     B.2) Apartado 5.3 del Borrador sobre la contabilización de la pérdida por las operaciones de swap.

     

     En lo que se refiere al ajuste efectuado por CRE en los estados financieros por la minusvalía correspondiente a la valoración del swap, hemos de decir que es correcto,

     

     Debemos concluir que no sólo es que el ajuste realizado por la Sociedad en relación a la valoración del Swap sean (sic.)correcto, sino que de no haberlo hecho no habría reflejado la imagen fiel de la situación financiera y patrimonial de CRE. Prueba de ello, es que el auditor de las Cuentas Anuales de la Sociedad al cierre del ejercicio de 2009 emitió una opinión favorable de los mismos. “






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